
La Ley General de Educación (2009) define la educación parvularia como “el nivel educativo que atiende integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica”.
El propósito de este nivel es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente el desarrollo integral y los aprendizajes relevantes y significativos de los párvulos, de acuerdo con las bases curriculares determinadas por ley, apoyando a la familia en su rol insustituible como primera educadora.
El o la técnico(a) en Atención de Párvulos está capacitado(a) para apoyar al educador o educadora en las diversas tareas involucradas en la formación de los niños y niñas, especialmente en la implementación de experiencias educativas desde el primer ciclo.
Su rol es fundamental para colaborar con el proceso formativo de la familia, contribuyendo al desarrollo armónico e integral de los párvulos en los contextos educativos iniciales.